Requisitos para el alquiler de un piso de Protección Oficial

¿Tienes una VPO, o buscas piso, y te preguntas si es posible el alquiler piso protección oficial? ¡En este post te sacamos de dudas!

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Si vives en un piso de Protección Oficial puedes que te preguntes ¿puedo alquilar mi piso de Protección Oficial? También puede suceder que busques piso, encuentres una oferta para alquilar un piso de Protección Oficial, y te cuestiones si es legal alquilarlo. La respuesta depende de las circunstancias: cumpliendo ciertos requisitos, un piso de protección oficial se puede poner en el mercado de alquiler. En este post te contamos todos los detalles.

Tipos de vivienda de Protección Oficial

Antes de ver los requisitos para poder alquilar un piso de Protección Oficial es importante saber los tipos de Vivienda de Protección Oficial (VPO) que existen, ya que depende de qué vivienda se trate podrás ponerla en alquiler o no. A modo general, las VPO se clasifican en:

  • VPO de promoción pública. En este tipo de vivienda, existe una restricción de tiempo antes de poder ponerla en el mercado de alquiler o venta.
  • VPO de promoción privada. En este caso no hay ninguna restricción de tiempo.

Los tipos de VPO que hay varían en cada comunidad autónoma, por lo que si quieres saber qué tipo de vivienda tienes, debes consultarlo con las autoridades autonómicas. Por ejemplo, estas son las viviendas tipo de la Comunidad de Madrid.

Viviendas que pueden ser alquiladas:

  • Vivienda de Protección Oficial de Promoción Privada y Régimen General (VPO)
  • Vivienda de Protección Oficial de Promoción Privada y Régimen Especial (VPO)
  • Vivienda de Protección Pública (VPP)
  • Vivienda de Protección Pública de Renta Básica (VPPB)
  • Vivienda de Protección Pública de Renta Limitada (VPP)

Viviendas que no se pueden alquilar:

  • Vivienda de Protección Pública en Arrendamiento (VPPA).
  • Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública.
  • Vivienda de Protección Pública en Arrendamiento con Opción de Compra Joven (VPPAOCJ)

Requisitos para alquilar un piso de Protección Oficial

Para alquilar un piso de Protección Oficial este debe haberse convertido en vivienda libre. Esto ocurre cuando transcurren 10 años desde el momento de la compra. Transcurrido este tiempo la persona propietaria ya puede hacer lo que quiera con él.

Para no esperar este tiempo se puede solicitar la descalificación de la vivienda a la comunidad autónoma. Pero en este caso hay algunas consideraciones a tener en cuenta:

  • Debes presentar la solicitud, junto con el DNI y la escritura de propiedad de la vivienda. Además, si lo hubiera, debes presentar la documentación de la cancelación del préstamo.
  • Aunque descalificar una VPO no origina ningún gasto, si has recibido alguna ayuda económica puede que tengas que devolverla.

También se puede alquilar una VPO que no es libre ni está descalificada, si la persona propietaria está obligada a vivir fuera de la vivienda. Para ello debe acreditar su caso y obtener una autorización especial de la administración para poder alquilar la vivienda. Hay que tener en cuenta que en este caso el alquiler queda fijado de manera pública y deberá alquilarse a precio de VPO.

¿A qué precio puedo alquilar una VPO?

El precio al que debes alquilar la vivienda depende del Precio Máximo Legal de Venta. Es un precio estipulado por el gobierno de cada comunidad autónoma, en concreto por la Consejería de Vivienda, y suele variar entre comunidades. Depende de la zona de construcción, del tipo de protección de la vivienda y de los metros cuadrados de la vivienda.

Antes de alquilar un piso de protección oficial debes saber que si no cumples alguna de las normas te pueden sancionar, con importantes multas si la sanción es muy grave. Informate bien en tu comunidad autónoma para saber los pasos a seguir para poner en alquiler una VPO.

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