¿Me pueden pedir un aval bancario por un alquiler?

Te contamos en qué consiste un aval bancario para un alquiler, cómo se solicita y qué otras garantías se pueden pedir. ¡Descúbrelo aquí!

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¿Vas a alquilar una casa y el propietario te pide un aval? Es habitual en el arrendamiento, tanto de viviendas como de locales u oficinas, que el arrendador solicite una garantía adicional a la fianza legal. En este post te contamos en qué consiste el aval bancario para un alquiler y si te lo pueden pedir. 

¿Qué es un aval bancario en un alquiler?

El aval bancario en el alquiler es un documento por el que el banco garantiza el pago de la renta por parte del inquilino, así como el cumplimiento de otro tipo de obligaciones derivadas del contrato. 

¿Me pueden solicitar un aval bancario en un alquiler?

Las garantías que se pueden solicitar en un alquiler se regulan en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos que establece la necesidad de entregar un mes de fianza legal en el caso de los arrendamientos de vivienda y dos en el caso de arrendamientos para uso distinto de vivienda. Además, en apartado 5 del citado artículo se establece que: 

Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.

En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta.

Como consecuencia de lo anterior, sí es posible solicitar un aval bancario en un alquiler y su importe no podrá ser superior a dos meses de renta. 

¿Cómo se solicita un aval bancario para un alquiler?

Si el propietario del inmueble que deseas alquiler te solicita un aval bancario, tendrás que seguir los siguientes pasos: 

  • Acudir a tu entidad bancaria y pedir el aval.
  • El banco estudiará tu capacidad financiera para poder pagar la renta considerando otras garantías que tengas firmadas (por ejemplo, hipotecas o préstamos), tus ingresos y la vinculación que tienes con el banco (cuentas, tarjetas, seguros etc.). 
  • Firma de una póliza de cobertura de garantía bancaria. En esta póliza se regularán las comisiones, los gastos y el reembolso de cantidades en el caso en que se ejecute el aval.  

¿Qué ocurre con el aval si no pago la renta?

El aval actúa como garantía del pago de la renta por lo que en caso de que no pagues el alquiler el propietario podrá ejecutar el aval y el banco le tendrá que pagar. Pero, además, el banco te solicitará la devolución de las cantidades que hayas tenido que pagar. En muchas ocasiones los bancos, para asegurarse el pago, pignoran el dinero correspondiente al aval, es decir, lo deberás tener en una cuenta, pero no podrás disponer de él hasta que venza el aval. 

Además de lo anterior, es habitual que el banco cobre comisiones sobre el importe del aval, en función de la duración del mismo y el tipo de aval.

¿Existe alguna alternativa al aval bancario en un alquiler?  

Para cubrir el riesgo de impago de un alquiler existen varias alternativas al aval: 

  • Seguros de alquiler. En este caso la compañía aseguradora paga si el inquilino no lo hace. 
  • Depósito en garantía. Supone la entrega por el inquilino al propietario de una cantidad de dinero que garantice el pago de la renta. 
  • Aval personal. En este supuesto una persona solvente firma el contrato como avalista o fiador, de manera que si el inquilino no cumple con el pago el propietario se lo pueda reclamar al avalista. 

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En definitiva, el aval bancario en un alquiler es una garantía que se solicita habitualmente y es necesario saber cómo funciona y de qué forma se pide. Si tienes alguna duda más sobre tus finanzas (trucos para ahorrar, cómo obtener financiación, qué financiación te conviene más…), puedes rellenar este formulario y te contactaremos lo antes posible.