Despido procedente: causas, indemnización y derecho a paro

Te contamos qué es el despido procedente y si tienes derecho a indemnización o paro. También las causas de este despido procedente

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En relación al despido, en numerosas ocasiones, se suelen confundir términos. Lo primero que debemos saber es que la procedencia o improcedencia del despido la determina un juez. En este post te contamos en qué consiste el despido procedente, en qué causas se basa y si hay derecho a indemnización o a paro. 

En base al artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores (ET), una de las causas de la extinción del contrato de trabajo es el despido. El despido puede ser de varios tipos: 

  • Despido disciplinario. Se debe a una conducta inadecuada del trabajador que incumple su contrato de trabajo de forma grave. Por ejemplo, se produce una desobediencia o indisciplina, el trabajador se retrasa o se ausenta sin justificación de su puesto o acosa a algún otro trabajador. 
  • Despido colectivo. Es aquel que afecta a un número de trabajadores determinado establecido por el ET y que depende del número total de trabajadores de la empresa. 
  • Despido por causas objetivas. Es el despido que se debe a causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Por ejemplo, la empresa sufre pérdidas durante tres años consecutivos y se ve obligada a despedir a personal. 

¿Qué es el despido procedente?

Como consecuencia de lo anterior, un despido procedente es aquel que se realiza cumpliendo los requisitos establecido por la ley para cada tipo de despido. Los requisitos dependen del tipo de despido y podemos destacar los siguientes: 

  • En el caso de un despido colectivo debe haber un preaviso previo de 15 días y un periodo de consultas. 
  • Si se trata de un despido disciplinario se deberá justificar conforme a las causas reguladas en el ET. 
  • La carta de despido deberá explicar los motivos del despido e incluir la fecha en la que tiene efectos. 

¿Tienes derecho a indemnización y paro en caso de despido procedente?

El trabajador tendrá derecho a indemnización en los casos de despido colectivo o por causas objetivas (la indemnización será de 20 días por año trabajado), pero no en el caso de despido disciplinario, siempre y cuando, este último, se considere despido procedente

Además de la indemnización, en los casos que corresponda, el trabajador tiene derecho a que se le pague el finiquito que incluye los salarios pendientes de pago, las horas extraordinarias y las vacaciones, así como otros conceptos que se hayan pactado con el empresario.

Si el trabajador percibe una indemnización y no está de acuerdo con la cuantía o no recibe indemnización y cree que el despido no es procedente y tiene derecho a indemnización, podrá acudir a los tribunales de justicia e interponer una demanda. 

Por lo que se refiere al paro, el trabajador tendrá derecho a paro siempre y cuando cumpla con los requisitos de cotización establecidos por la ley. 

Por lo tanto, en caso de despido es importante contar con la ayuda de un abogado laboralista que te asesore sobre si el despido es procedente o improcedente y presente la oportuna demanda ante la jurisdicción social. 

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